Introducción al Código de Buen Gobierno

El buen gobierno corporativo se refiere al conjunto de principios y normas que regulan el diseño, integración y funcionamiento de los órganos de gobierno de la organización

El Colegio ha definido pautas de comportamiento que facilitan el buen gobierno corporativo a través del desarrollo de un renovado marco de actuación que gestione las reglas éticas que el colegiado y todos los profesionales de la Institución deben llevar a cabo en cumplimiento con los valores corporativos.

Para gestionar las reglas éticas que el colegiado debe cumplir en el ejercicio de su profesión y el régimen disciplinario que le aplica se ha diseñado el Código Deontológico, que además marca las pautas de comportamiento ético y de actuación disciplinaria a seguir por los cargos directivos del Colegio.

El Código de Buen Gobierno del Colegio define los principios de actuación que regulan, gestionan, afianzan y consolidan las relaciones entre el Colegio y sus grupos de interés.

En esta línea, estamos convencidos que fomentar herramientas y foros de participación recíprocos en donde se incluyan asuntos como la educación para la salud, la prevención del intrusismo profesional, la competencia desleal, etc. redundan en una organización abierta y transparente atendiendo a estas necesidades, el Colegio, ha desarrollado diferentes acciones:

  • Implantación de la Ventanilla Única, como medio de información y acceso a las actividades y servicios del Colegio.
  • Creación de la figura del Defensor del Ciudadano que tiene como objetivo la defensa de los intereses de este grupo de interés.
  • Creación de la figura del Defensor de la persona colegiada, con el fin de proteger los derechos de los profesionales y esclarecer acciones administrativas cuando se lesionen sus intereses.

Alcance del Código

El Código de Buen Gobierno (en adelante, el Código) desarrolla los principios éticos que han de regir la actuación de todo el grupo de profesionales, entendiendo como tal a los empleados y a los miembros de la Junta de Gobierno que integran el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid (en adelante, Colegio), en línea con los valores corporativos del Colegio fundamentados en los principios de responsabilidad corporativa y sostenibilidad, así como los valores de la profesión en aras de alcanzar la visión establecida.

Representa, por tanto, un elemento vertebrador de la gestión de la responsabilidad social, permitiendo la implantación de los valores corporativos entre todos los profesionales de la Institución y la definición de los principios de actuación que trata de afianzar la relación entre el Colegio y los usuarios y ciudadanos, las asociaciones y universidades, las administraciones públicas, los proveedores, los empleados, y los colegiados. En definitiva, la relación entre el Colegio y los grupos de interés colegiales.

El Código se articula en dos secciones:

  • Principios Éticos de Actuación, en donde se detallan principios de actuación genéricos y aplicables a todos los grupos de interés colegiales.
  • Pautas de comportamiento, que definen las pautas de comportamiento entre el grupo de profesionales que integran el Colegio y sus grupos de interés. Esta sección a su vez, se segmenta en aras de la transparencia por cada uno de los grupos de interés:
    • Usuarios y ciudadanos.
    • Asociaciones y universidades.
    • Administraciones públicas.
    • Proveedores.
    • Empleados.
    • Colegiados.

Objetivos del Código

El objetivo principal del Código es regular, gestionar, afianzar y consolidar las relaciones entre el Colegio y sus grupos de interés, articulándose en las siguientes acciones:

  • Crear una cultura de trabajo y un clima ético que fortalezca la identificación de los grupos de interés colegiales con un proyecto colegial común, participativo y abierto. 
  • Ser un instrumento estratégico para el mantenimiento y fomento de la confianza entre los grupos de interés colegiales y el propio Colegio. 
  • Definir al más alto nivel las responsabilidades y obligaciones así como el compromiso del Colegio en la satisfacción de las expectativas de los grupos de interés colegiales.
  • Institucionalizar las pautas de trabajo, normas y criterios de decisión que definen el proyecto de organización y que deben regir toda la actividad del Colegio.
  • Promover el cumplimiento de la misión y la consecución de las líneas de acción establecidas en la visión del Colegio.

Gestión del Código de Buen Gobierno

Para la adecuada gestión del Código, la Junta de Gobierno ha designado a la Comisión Permanente como responsable de establecer los procedimientos necesarios para asegurar su efectiva implantación y seguimiento.

Todos los empleados y miembros de la Junta de Gobierno tienen la obligación de conocer, cumplir el Código y colaborar para facilitar se ejecución, incluyendo la comunicación de cualquier incumplimiento del mismo o hecho que pudiera parecerlo a la Comisión Permanente.

La Comisión Permanente será la responsable de:

  • Desarrollar programas de comunicación y sensibilización del Código a los empleados y miembros de la Junta de Gobiernos del Colegio.
  • Promocionar actividades divulgativas relacionadas con el Código a los grupos de interés colegiales.
  • Gestionar todos las consultas, quejas o denuncias que se reciban.
  • Evaluar el cumplimiento del Código.
  • Elaborar el Informe Anual.

La Comisión Permanente se regirá por las siguientes directrices de actuación:

  • Confidencialidad en el tratamiento de las consultas.
  • Respeto de los derechos de las personas sujetas al Código.
  • Toma de decisiones fundamentadas y justificadas.

Principios Éticos de Actuación

Los miembros de la Junta de Gobierno y los empleados del Colegio:

  • Deberán actuar siempre y sin excepción con el compromiso de cumplimento de las leyes y normativas nacionales e internacionales de referencia y del propio espíritu de la norma, de una gestión de recursos racional y socialmente responsable e incluso aportar el valor de transparencia y proactividad en las relaciones con todos los grupos de interés, facilitando información detallada de la gestión y funcionamiento de los Órganos de Gobierno.
  • Ejercerán sus funciones conforme a sus valores y de acuerdo con los principios de transparencia, imparcialidad, buena fe, igualdad de trato y no discriminación, diligencia, conducta honorable y responsabilidad.
  • Respetarán los derechos humanos y libertades, no ejerciendo ni tolerando ninguna forma de discriminación por religión, raza, sexo o ideología.
  • Desempeñarán su actividad con pleno respeto a la normativa reguladora de las incompatibilidades, siendo en todo caso incompatible el ejercicio de sus cargos en el Colegio con:
    • Cualquier cargo electo del Estado, las Comunidades Autónomas, o las Entidades locales.
    • Ser titular de un órgano superior o directivo en cualquier Administración Pública.
    • El desempeño de cargos directivos en los Partidos Políticos, Sindicatos, u Organizaciones Empresariales.
    • El desempeño de cargos directivos en entidades de seguro y en entidades o mutualidades de previsión social que tengan o puedan tener relación con la corporación colegial del cargo directivo.
  • Guardarán la debida reserva respecto a los hechos o informaciones conocidos con motivo u ocasión del ejercicio de sus competencias.
  • Pondrán en conocimiento de los órganos competentes cualquier actuación irregular de la cual tengan conocimiento.
  • Ejercerán los poderes que les atribuye la normativa vigente con la finalidad exclusiva para la que les fueron otorgados y evitarán toda acción que pueda poner en riesgo el interés público.
  • No se implicarán en situaciones, actividades o intereses incompatibles con sus funciones y se abstendrán de intervenir en los asuntos en que concurra alguna causa que pueda afectar a su objetividad.
  • No aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones.
  • No se valdrán de su posición para obtener ventajas personales o materiales por intereses privados propios, de familiares directos, o por intereses compartidos con terceras personas, físicas o jurídicas.
  • Deberán informar convenientemente a todas las personas su nombre y categoría profesional, usando un lenguaje adecuado y apropiado en función de las capacidades del mismo, haciendo uso de cualidades como la amabilidad y la cercanía y procurando la empatía.
  • Diseñarán sistemáticas de trabajo eficientes evitando en la medida de lo posible la realización de trámites innecesarios a sus grupos de interés.
  • Ejercitarán durante el desarrollo de sus actividades profesionales, un adecuado uso de las instalaciones colegiales de forma que las mismas se mantengan en buenas condiciones, asegurando en todo momento el uso adecuado de los recursos.

Pautas de Comportamiento

Usuarios y Ciudadanos

Los empleados y la Junta de Gobierno del Colegio:

  • Garantizarán el ejercicio de la profesión de fisioterapeuta a todos los ciudadanos a través del diseño, desarrollo, difusión, implantación, regulación y sanción de un Código Deontológico actualizado y adecuado a la realidad de la sociedad y de la propia profesión.
  • Establecerán un servicio de reclamaciones y quejas para canalizar todas aquellas actuaciones que deriven en una prestación de la actividad fisioterapéutica fuera de las normas deontológicas.
  • Atenderán el interés general, impulsando en la medida de lo posible el progreso social, económico y ambiental en relación con la profesión de fisioterapeuta.
  • Comunicarán periódicamente el resultado obtenido de la ejecución de acciones dirigidas al progreso social económico y ambiental en relación con la profesión de fisioterapeuta.
  • Se comprometerán con la mejora continua del ejercicio de la profesión a través, tanto de la inversión en la formación para la mejora permanente de habilidades y destrezas de los colegiados, como de la creación de sistemas de certificación de profesionales como mecanismo para garantizar una mayor información de los consumidores sobre los conocimientos y experiencia de los colegiados.
  • Fomentarán herramientas y foros de participación social en donde se informe y forme sobre temas como educación para la salud, prevención del intrusismo profesional, competencia desleal, asistencia técnica fisioterapéutica, entre otros.
  • Se comprometerán con el medio ambiente y trabajarán en reducir los efectos negativos de la actividad diaria en el entorno y contribuirán de un modo responsable a la concienciación y desarrollo de la sociedad.
  • Desarrollarán los mecanismos de actuación necesarios para la protección de los derechos de la ciudadanía y establecerán acciones administrativas cuando se lesionen los intereses de los mismos bajo el liderazgo del Defensor de la Ciudadanía.

Asociaciones y Universidades

Los empleados y la Junta de Gobierno del Colegio:

  • Promoverán la creación de plataformas de diálogo y foros de participación con asociaciones de pacientes, profesionales, universidades, escuelas, entre otros. Con el objetivo de fomentar acciones de investigación de la Fisioterapia, de educación a la salud y de promoción de la profesión de fisioterapeuta.
  • Verificarán que todas las alianzas con asociaciones y universidades sean desarrolladas en el marco del apoyo y defensa de la profesión, sin que estas comprometan su identidad y valores esenciales.
  • Definirán mecanismos de seguimiento a las acciones de investigación de Fisioterapia y de educación a la salud planificadas y comunicará periódicamente los resultados obtenidos.
  • Darán importancia a todas las asociaciones por igual, considerando también minorías o grupos desfavorecidos, imperando la equidad en todas y cada una de sus actuaciones.

Administraciones Públicas

Los empleados y la Junta de Gobierno del Colegio:

  • Establecerán mecanismos para la incorporación de prácticas de buen gobierno de las administraciones públicas y su implantación, verificación y reporte en un marco colaborativo y transparente.
  • Establecerán mecanismos que verifiquen y controlen la independencia de todos y cada uno de sus miembros de cara al desempeño de sus funciones, en coherencia a sus principios éticos de actuación.
  • Definirán mecanismos de información para la promoción del cumplimiento de las disposiciones de carácter legal y voluntario que afecten directamente a la profesión fisioterapeuta.
  • Promoverán acuerdos de colaboración con las Administraciones Públicas que posibiliten la mejora continua de la profesión del fisioterapeuta.
  • Comunicarán periódicamente el resultado obtenido de los acuerdos de colaboración alcanzados con las Administraciones Públicas.
  • Deberán actuar con el compromiso de que todas sus acciones deben orientarse a la mejora de la sociedad, pacientes, colegiados y el medio ambiente.

Proveedores

Los empleados y la Junta de Gobierno del Colegio:

  • Respetarán, en las relaciones con los proveedores del Colegio, los acuerdos contractuales, cumplirán con el pago y se trabajará con respeto mutuo en las relaciones transparentes y negociadas previamente fortaleciendo la confianza.
  • Colaborarán con organizaciones, empresas y personas que asuman los principios y valores del Colegio y que además en sus organizaciones muestren evidencias concretas de compromisos adquiridos con las personas y el medio ambiente a través del cumplimiento legal.
  • Desarrollarán normas o políticas de gestión responsable de compras que se ajusten a los principios de transparencia y objetividad, y que incorporen criterios sociales y ambientales en la decisión de compras.
  • Incorporarán en la selección y evaluación continua de sus proveedores criterios que abarquen el comportamiento ambiental, social y ético que proporcionen información objetiva acerca del rendimiento de los proveedores en materia de responsabilidad social corporativa.
  • Propiciarán canales de diálogo para mejorar la actuación de sus proveedores.

Empleados

La Junta de Gobierno del Colegio:

  • Desarrollará normas o políticas de gestión responsable y transparente de recursos humanos que garanticen las mismas oportunidades en el acceso al trabajo y en la promoción profesional fundamentadas en criterios de igualdad, mérito y capacidad.
  • Establecerá mecanismos de evaluación del desempeño laboral, reconociendo acciones proactivas que constituyan un beneficio para el ejercicio de la profesión, y tomará medidas para llevar a cabo acciones de mejora que potencien la motivación del personal.
  • Promoverá la gestión del conocimiento, planificando y facilitando la participación en acciones formativas que potencien el adecuado desarrollo de sus funciones y sus capacidades profesionales.
  • Fomentará un ambiente de trabajo compatible con el desarrollo personal, estableciendo acciones encaminadas a la conciliación de los requerimientos del trabajo con las necesidades de la vida personal y familiar de los empleados.
  • Establecerá los canales de comunicación para atender las sugerencias del personal con el fin de mejorar la calidad, la atención, y el desempeño, optimizando los recursos humanos y materiales.

Personas Colegiadas

Los empleados y la Junta de Gobierno del Colegio:

  • Deberán actuar siempre y sin excepción, en general con el compromiso del Estatuto y del Código Deontológico de la profesión establecido por el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España y, en particular, con el definido por el propio Colegio, con independencia de otros intereses ajenos al bien de la profesión.
  • Deberán dedicar toda la capacidad profesional y esfuerzo personal de sus empleados para lograr un desarrollo eficaz y eficiente de los recursos que tienen a su disposición.
  • Se comprometerán con prácticas de gestión transparentes y fundamentadas en el mérito y en un ejercicio profesional excelente, siendo en todo caso incompatible la contratación de personal y servicios vinculados con miembros de la Junta de Gobierno por cualquier tipo de interés ajeno a los de la propia Institución.
  • Promoverán continuamente y en el marco de sus posibilidades el desarrollo de servicios innovadores para las personas colegiadas bien directamente a través de colaboradores especialistas o tecnológicos.
  • Desarrollará mecanismos objetivos fundamentados en la calidad, la innovación y principios socialmente responsables para la selección de entidades colaboradoras prestadoras de servicios y el seguimiento de sus actividades.
  • Incrementarán la calidad de la profesión mediante el desarrollo de sistemas de certificación profesionales y la dotación de recursos para el diseño y ejecución de programas de formación continua actualizados y vanguardistas acordes con la realidad de la profesión vigente y con las necesidades manifestadas por las propias personas colegiadas.
  • Diseñarán e implantarán herramientas de participación y/o comunicación con las personas colegiadas con el fin de mantener un conocimiento continuo de sus necesidades y expectativas.
  • Trabajarán con el objetivo de hacer accesible el servicio ofrecido, desde la implementación de tecnologías y procedimientos que lo posibiliten hasta la adaptación física de las instalaciones a todos los usuarios, siendo especialmente sensibles a demandas de grupos con necesidades especiales.
  • Deberán estar disponibles para las personas colegiadas, para atender las sugerencias y reclamaciones de los mismos intentando encaminar la solución.
  • Dispondrán de medios para gestionar adecuadamente situaciones en las que se atente ante la libertad profesional de sus personas colegiadas.
  • Desarrollarán, con el fin de proteger los derechos de los profesionales y establecerán acciones administrativas cuando se lesionen los intereses de los fisioterapeutas que se han colegiado.

La Junta de Gobierno del Colegio:

  • Promoverá la creación y funcionamiento de una Comisión Deontológica que vigile activamente el desarrollo de la profesión dentro de las normas que las regulan.
  • Promoverá modelos de organización interna fundamentados en la eficiencia, equidad y transparencia.
  • Establecerá métodos de trabajo para garantizar la confidencialidad de los datos y guardará el debido sigilo respecto a cualquier información en asuntos que se conozcan por razón de su cargo o desempeño y en cualquier caso no divulgará datos de sus personas colegiadas salvo en los casos legalmente establecidos.
  • Desarrollará los mecanismos de actuación necesarios para proteger los derechos de los profesionales y definirá acciones administrativas cuando se lesionen los intereses de las personas colegiadas.

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