Solo profesionales sanitarios pueden tratar patologías

Solo profesionales sanitarios pueden tratar patologías

Los profesionales sanitarios españoles, contra el acuerdo de la Conferencia Sectorial del Deporte que permite el tratamiento de personas con patología por profesionales del ámbito sociodeportivo.

Los Consejos Generales de Colegios Oficiales de Dentistas, de Farmacéuticos, de Fisioterapeutas, de Logopedas, de Médicos, de Ópticos Optometristas, de Podólogos y de Psicólogos de España, que agrupan a más de 800.000 profesionales, han publicado un manifiesto en el que exigen, de manera conjunta, que la Conferencia Sectorial del Deporte modifique su Acuerdo de 9 de mayo de 2022, relativo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, eliminando la aplicación del Plan en personas con patología, que han de ser tratadas en todo momento por profesionales sanitarios y no por profesionales del ámbito sociodeportivo.

Además, la prevención secundaria, terciaria y cualquier procedimiento con objetivo terapéutico son siempre competencia del profesional sanitario indicado.

En este sentido, la legislación española impide la externalización a ámbitos distintos del sanitario de cualquier procedimiento terapéutico que se realice sobre un paciente.

Es decir: un profesional no sanitario, como las personas licenciadas en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (CAFyD) carece de competencias para realizar actividades sanitarias y prescribir tratamientos.

Postura de los fisioterapeutas madrileños

En línea con este manifiesto, el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid (CPFCM) también se opone al Plan de Digitalización de la Prescripción de la Actividad Física impulsado por la Conferencia Sectorial del Deporte y ha denunciado este proyecto ante las consejerías madrileñas de Sanidad; Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía; y Cultura, Turismo y Deporte, ya que el Plan financia un proyecto para la prescripción de actividad física en el tratamiento de patologías desde el ámbito sociodeportivo.

De este modo, el Plan invade competencias propias de la fisioterapia, que es la actividad sanitaria capacitada para el tratamiento de patologías a través de ejercicio terapéutico.

El Colegio también se ha dirigido al consejero de Sanidad, Enrique Ruíz Escudero, para que se revise, en esta misma línea, el Plan de Digitalización de la Prescripción de la Actividad Física y las formaciones planificadas para llevar a cabo en la Comunidad de Madrid.

Te damos más información aquí.

Problemas que crea el nuevo Plan

El Plan aprobado genera diversas complicaciones graves:

Problemas de salud pública. Cuando un médico derive a personas con patologías que necesiten ejercicio terapéutico a titulados en CAFyD, que no son profesionales sanitarios y carecen de las competencias, conocimientos y capacidades para tratar enfermedades, provocará que se acrecienten y agraven las enfermedades de esos pacientes.

Estas personas tendrán que volver a los hospitales por el agravamiento de su patología, saturando aún más estos centros y generando un incremento del gasto, más carga de trabajo para los médicos especialistas y cirujanos, y posible cronicidad de la enfermedad y discapacidad.

Problemas jurídicos. Cuando un médico o enfermero derive a personas con patologías a titulados en CAFyD, estará incurriendo en una infracción deontológica porque el acto de prescripción se dirige de un profesional sanitario hacia otro profesional sanitario (como ocurre con una receta).

En segundo lugar, los titulados en CAFyD estarían realizando actos propios de la profesión de Fisioterapeuta sin poseer el correspondiente título académico. Según el artículo 403 del Código Penal, esto es un delito de intrusismo profesional y existen varios antecedentes que así lo avalan.

Además, ante un evento adverso y la responsabilidad civil que se derivara, podría haber problemas en la cobertura al no ser un profesional competente.

Problemas económicos. Ya se ofrecen solucionespara la mejora de la salud de las personas enfermas, en el ámbito sanitario y en los centros deportivos y sociales existentes. Con este Plan se está creando una nueva estructura para hacer lo que ya se está realizando. Exigirá una importante inversión que se podría destinar a la mejora de los centros de salud de atención primaria o de centros deportivos y sociales.

Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias

Los Consejos Generales que suscriben este manifiesto recuerdan que los profesionales sanitarios con competencias, conocimiento y responsabilidad sobre el tratamiento de pacientes, están recogidos en la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias.

Tal como señala esta Ley, su finalidad es “la mejora de la calidad de la atención sanitaria prestada a la población, garantizando, asimismo, que todos los profesionales sanitarios cumplen con los niveles de competencia necesarios para tratar de seguir salvaguardando el derecho a la protección de la salud” y asegurar la “mejor protección de la salud conforme a lo previsto en el artículo 43 de la Constitución Española”.

El ejercicio de una profesión sanitaria requiere, entre otras exigencias, la posesión del correspondiente título oficial y la colegiación profesional, como garantías de una formación y cualificación para atender a sus pacientes, así como compromisos éticos y deontológicos. De hecho, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ya señaló ante una consulta que “los graduados/licenciados en la Educación Física y del Deporte, no tienen la formación necesaria de etiología y fisiopatología de los distintos procesos y enfermedades (osteoarticulares, cardiovasculares o respiratorios, entre otros) para garantizar la adecuada adaptación del ejercicio físico que cada paciente requiere”.

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