El 28 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto que regula los Diplomas de Acreditación y los Diplomas de Acreditación Avanzada, incluidos en la Ley de ordenación de las profesiones sanitarias.
Certifican el nivel de formación alcanzado por un profesional en un área funcional específica de una determinada profesión o especialidad, en atención a las actividades de formación continuada acreditadas que haya desarrollado el interesado.
Con el objetivo de avanzar en la calidad de la formación, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad desarrolla estas nuevas figuras de reconocimiento de la formación continuada de los profesionales sanitarios titulados y, con este decreto, determina los criterios y el procedimiento para su creación. Asimismo, se establecen los requisitos y el procedimiento para la obtención y renovación de ambos reconocimientos.
En concreto, los Diplomas de Acreditación son credenciales que certifican que el profesional sanitario ha alcanzado las competencias y los requisitos de formación continuada establecidos en un área funcional específica para un periodo determinado de tiempo. Por su parte, los Diplomas de Acreditación Avanzada certifican que el profesional sanitario ha alcanzado las competencias avanzadas y los requisitos de formación continuada establecidos en un área funcional específica que admita y requiera una práctica profesional de mayor cualificación, para un periodo determinado de tiempo.