El Convenio Colectivo 2023-2026 del Sector de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia Sanitaria, Consultas y Laboratorios de Análisis Clínicos de la región se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid con fecha 23 de noviembre de 2023, y estará en vigor desde el día siguiente, 24 de noviembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026, a excepción del incremento salarial, que se aplica con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023.
Este documento regula las condiciones laborales de unos 75.000 profesionales en la Comunidad de Madrid, según estimaciones de CC.OO. Afecta a las clínicas de Fisioterapia, igual que al resto de establecimientos sanitarios privados de hospitalización, asistencia, consultas y laboratorios de análisis clínico, y el personal dependiente de los mismos. Quedan excluidas las instituciones sanitarias de la Seguridad Social.
Entre otras novedades, establece un aumento salarial del 15% a lo largo de cuatro años: un 10% corresponderá al incremento de tablas salariales (subida del 2,5% en 2023, 2024, 2025 y 2026) y un 5% a la carrera profesional.
A la vez, mantiene la jornada de trabajo en un máximo de 1.680 horas anuales.
Salarios para fisioterapeutas
Se fijan los salarios a aplicar durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026, con los siguientes importes:
La fecha tope para que las empresas abonen los atrasos correspondientes a 2023 de las tablas salariales será el último día del mes siguiente a la publicación del Convenio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Para el resto de ejercicios, como ya es conocido el dato del salario, se deberá abonar a partir del 1 de enero de cada año.
Permisos retribuidos
Dentro de las modificaciones que aporta este convenio, se refuerzan los días de permisos retribuidos:
.- Tres días naturales por cuidados especiales en domicilio de familiares enfermos de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
.- Un día adicional de permiso por asuntos propios, con posibilidad de disfrutarlo hasta el 30 de marzo de 2024. Este permiso es proporcional al tiempo trabajado en la empresa.
.- 12 horas anuales para asistir a consultas de especialistas en la sanidad privada o acompañar a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad a pruebas o consultas médicas.
Plan de fidelización o carrera profesional
Otra cuestión importante que incorpora el convenio es la creación de un sistema de carrera y promoción empresarial. Establece la implementación con carácter obligatorio del Plan de Fidelización y Calidad horizontal en el plazo máximo de cuatro años.
Según han aclarado desde CC.OO. a la Asesoría Jurídica del Colegio, el plan de fidelización deberá abonarse con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023. Supone un 1% de la suma del salario base y los complementos de especialidad, nocturnidad y antigüedad, y se vuelca a la tabla salarial junto a los otros conceptos. A partir de 2024 se deberá actualizar un 1,33%, referenciándose al plan de carrera en cada empresa.
Este convenio ha sido negociado por las representaciones sindicales de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de Madrid de CC.OO., UGT Servicios Públicos Madrid y FSES-SATSE, y por la Asociación de Centros y Empresas de Hospitalización Privada de la Región Centro.
Para conocer el texto completo del convenio, pincha aquí.