El 25 de mayo entró en vigor en España el Convenio C190 sobre la violencia y el acoso en el trabajo, situaciones “incompatibles con la promoción de empresas sostenibles y que afectan negativamente a la organización del trabajo, las relaciones en el lugar de trabajo, el compromiso de los trabajadores, la reputación de las empresas y la productividad”, según señala el documento.
Promovido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Convenio C190 proporciona un marco común internacional para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el entorno laboral. Destaca de manera especial los casos por cuestión de género, una realidad que afecta principalmente a niñas y mujeres y que puede impedir que “accedan al mercado de trabajo, permanezcan en él o progresen profesionalmente”.
El Convenio protege a personas asalariadas, cualquiera que sea su situación contractual, así como a “las personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, los trabajadores despedidos, los voluntarios, las personas en busca de empleo y los postulantes a un empleo, y los individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador”, indica el Convenio.
Los espacios contemplados para asegurar una cultura basada en el respeto mutuo y la dignidad del ser humano incluyen, entre otros: el lugar de trabajo; donde se cobra, descansa o come; instalaciones sanitarias, de aseo y vestuarios; desplazamientos, viajes y eventos relacionados con el trabajo; el alojamiento proporcionado por el empleador; y los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo.
Otro aspecto importante que reconoce este Convenio es que “la violencia y el acoso en el mundo del trabajo afectan a la salud psicológica, física y sexual de las personas, a su dignidad, y a su entorno familiar y social”.
Retos pendientes
La sociedad española (administraciones públicas, agentes sociales, etc.) tiene ahora la responsabilidad de trasladar los principios recogidos por el Convenio para asegurar “un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo”.
Eso tiene que traducirse en prohibir legalmente la violencia y el acoso; desarrollar las políticas necesarias y los mecanismos de control, velar por que las víctimas tengan acceso a vías de recurso y reparación y a medidas de apoyo, prever sanciones; desarrollar herramientas, orientaciones y actividades de educación, formación y sensibilización, de forma accesible; y garantizar que existan medios de inspección e investigación efectivos de los casos de violencia y acoso, incluyendo a través de la inspección del trabajo o de otros organismos competentes.
Las empresas españolas tienen que revisar -y actualizar si fuera necesario- sus planes de acoso y de igualdad, y “proporcionar a los trabajadores y otras personas concernidas, en forma accesible, según proceda, información y capacitación acerca de los peligros y riesgos de violencia y acoso identificados, y sobre las medidas de prevención y protección correspondientes, inclusive sobre los derechos y responsabilidades de los trabajadores y otras personas concernidas”.
Para consultar el Convenio completo, pincha aquí.