Tras escuchar a una persona colegiada y como respuesta que sirva a todo el colectivo madrileño, el Colegio ha elaborado un protocolo de actuación para tratamientos a menores de edad, que garantiza la correcta asistencia a estos pacientes:
1.- Toda atención sanitaria necesita el consentimiento del paciente. Si este es menor de edad se otorga consentimiento por representación; es decir, lo deben prestar sus representantes legales (padres, madres o tutores).
2.- En el caso de menores de edad, se otorga consentimiento por representación cuando no sean capaces intelectual ni emocionalmente de comprender la información que reciben, después de haber escuchado la opinión del fisioterapeuta. Se aplica también con pacientes que no sean capaces de tomar decisiones por sí mismos o cuando estén incapacitados y así conste en una sentencia.
3.- La persona menor de 12 años deberá estar acompañada durante la sesión por los representantes legales. A partir de esta edad, el menor decidirá si desea estar acompañado por ellos en el tratamiento.
4.- Si el menor tiene cumplidos los 12 años, el consentimiento lo dará el representante legal del menor, después de haber escuchado su opinión.
5.- A partir de 16 años o en caso de menores emancipados, no cabe prestar el consentimiento por representación.
6.- Cuando trabajes con menores en España es obligatorio que dispongas del Certificado Negativo de Delitos de Naturaleza Sexual, totalmente gratuito. Puedes descargártelo online en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, pinchando aquí.
Para descargarte el protocolo elaborado por el Colegio, pincha aquí.