La póliza de responsabilidad civil te cubre si por negligencia o error causas algún daño a un paciente utilizando una crema no sujeta a prescripción médica.

Aclaración sobre el uso de cremas

Si en tus tratamientos usas cremas no sujetas a prescripción médica y por negligencia o error causas algún daño a un paciente, tienes la cobertura de la póliza de responsabilidad civil.

La fisioterapia utiliza, en el día a día de su práctica, ciertos productos no sujetos a prescripción médica; entre ellos, cremas de libre venta en farmacias.

Sobre este asunto, queremos compartir una consulta que varias personas colegiadas han realizado al CPFCM.

La pregunta recibida es si la póliza de responsabilidad civil cubre a las personas colegiadas en el caso de que se produzca una lesión de algún tipo como consecuencia del uso de ese tipo de cremas, siempre que se hayan utilizado observando las prescripciones del fabricante.

Desde Howden Iberia, la correduría de seguros del Colegio, responden que el artículo 79 de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, establece que “Los fisioterapeutas también podrán indicar, usar y autorizar, de forma autónoma, la dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica y de productos sanitarios relacionados con el ejercicio de su profesión, mediante orden de dispensación”.

Así, aunque aún no se ha desarrollado el Reglamento que abordará la orden de dispensación por parte del fisioterapeuta, está facultado para indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica. Por tanto, en caso de que por una negligencia o error del fisioterapeuta se cause un daño derivado del uso o la indicación de algún medicamento de este tipo, tendrá cobertura en la póliza de responsabilidad civil.

Para garantizar esta cobertura, no olvides que debes comunicar al Colegio cualquier incidente que puedas tener con tus pacientes

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