¿POR QUÉ COLEGIARSE?

Ámbito legal

Ley 19/1997, de 11 de julio, de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid señala en su artículo 3.1:

Es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas hallarse incorporado al Colegio correspondiente. No obstante, podrán ejercer las respectivas profesiones en el territorio de la Comunidad de Madrid los profesionales incorporados a Colegios Profesionales de distinto ámbito territorial por razón de su domicilio profesional único o principal, en los términos y con las excepciones establecidas en la legislación estatal básica.”

En este sentido, cabrá sancionar a aquellos profesionales que no cumplen con la obligación de colegiarse, por la vía civil, administrativa o laboral (incluso privándoles de su plaza en una Institución Pública).

 

Servicios

Colegiarse en el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid conlleva numerosas ventajas. Entre los servicios profesionales, caben destacar los siguientes:

Además, desde el CPFCM se ofrecen otros servicios para las personas colegiadas:

En este enlace, te contamos cómo colegiarte.

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