El Real Decreto 1414/1990, de 26 de octubre (BOE de 20 de noviembre de 1990), estableció el título universitario de Diplomado en Fisioterapia, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como las correspondientes directrices generales propias de los planes de estudios que deben cursarse para su obtención y homologación. De acuerdo con estas directrices, que se incluyen en el Anexo I del Real Decreto, los planes de estudios se deben articular como enseñanzas de primer ciclo, con una duración de tres años. Las Directrices remiten, por otra parte, a un cuadro incluido en el propio Anexo en el que «se relacionan las materias troncales de obligatoria inclusión en todos los planes de estudios conducentes a la obtención del título oficial de Diplomado en Fisioterapia,
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales (que deroga los Reales Decretos 55/2005, de 21 de enero, por el que se establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios universitarios oficiales de Grado y 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Postgrado) adopta una serie de medidas que, además de ser compatibles con el Espacio Europeo de Educación Superior, flexibilizan la organización de las enseñanzas universitarias, mediante el establecimiento del proyecto de implantación de una enseñanza universitaria, para cuya aprobación se requiere la aportación de nuevos elementos como: justificación, objetivos, admisión de estudiantes, contenidos, planificación, recursos, resultados previstos y sistema de garantía de calidad.
El Decreto establece, además, las vías de formación de postgrado de especialización o investigación y docencia, mediante los Másteres Oficiales y Doctorados, siendo los primeros los que, mediante una formación de entre 60 y 120 créditos ECTS, formen al estudiante en áreas específicas, ya que cuando se trate de títulos que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España el Gobierno establecerá las condiciones a las que deberán adecuarse los correspondientes planes de estudios que, además, deberán ajustarse, en su caso, a la normativa europea aplicable. A tales efectos, la Universidad justificará la adecuación del plan de estudios a dichas condiciones.
La relación de Escuelas Universitarias donde se puede cursar los estudios de Fisioterapia en la Comunidad de Madrid es la siguiente: